Abogados de oficio: ¿héroes o villanos?
Al contrario de lo que se cree, los abogados de oficio no pueden renunciar a una defensa por razones de conciencia; tampoco se trata de jóvenes inexpertos. Profundizamos en la labor de estos profesionales.
Sala de un juzgado
Aproximadamente un tercio de los abogados en ejercicio en la Comunidad Autónoma vasca componen las listas de turnos de oficio. Formar parte de estos listados es voluntario desde hace 18 años, como recuerda Nazario Oleaga, decano del Colegio de Abogados de Bizkaia: "Cuando yo comencé a ejercer era obligatorio estar en las listas. Por lo menos te pagaban, había una compensación mínima, porque anteriormente, era obligatorio y además no estaba remunerado, era una forma de ayudar al sistema judicial".
Siendo voluntario ¿qué motiva a un abogado a inscribirse en el turno de oficio? Nazario Oleaga opina que las motivaciones son variadas, pero hay dos principales: "Fundamentalmente las económicas y las ganas de ayudar". De todas formas, el hecho de que sea voluntario no ha supuesto ningún problema a la hora de tener abogados suficientes. "Hubo un momento duro con el boom de los casos de violencia doméstica. La gente que llevaba esos casos estaba casi las 24 horas del día dedicada a ello, pero se duplicó el número de abogados y ahora están mejor", dice Oleaga.
Asistencia gratuita
Es importante diferenciar entre turnos de oficio y asistencia jurídica gratuita. Los letrados y letradas que prestan asistencia jurídica gratuita son designados del turno de oficio, pero no siempre que se designa a un abogado de oficio el defendido tiene derecho a asistencia jurídica gratuita. En ocasiones, el procedimiento exige que se designe a un letrado del turno de oficio, pero el cliente debe hacerse cargo de sus honorarios. La asistencia jurídica gratuita sólo se presta a aquellos ciudadanos sin medios económicos para sufragarse la asistencia de un abogado de su elección.
En 2008 se tramitaron en la Comunidad Autónoma Vasca 41 expedientes de justicia gratuita. En esos casos, el Gobierno vasco paga 143 euros por asistencia a un detenido, 228 por tramitar un expediente administrativo de extranjería, 350 euros por un procedimiento penal ordinario o por un juicio rápido de violencia doméstica, 343 euros por procedimientos matrimoniales de mutuo acuerdo y 686 si son contenciosos.
Aún siendo voluntario, la voluntad no es suficiente; cualquier abogado no puede ejercer de oficio. Según explica el decano son necesarios ciertos requisitos: "Debe tener un mínimo de tres años de experiencia y realizar los cursos en la Escuela Práctica Jurídica o justificar que es especialista en esa materia presentando documentación sobre el número de casos que han llevado, etc.".
Hoy en día las listas están divididas en especialidades, de manera que cada letrado sólo se da de alta en las materias que domina: penal, penal especial, civil-mercantil, familia, social, administrativo, menores ó violencia doméstica y agresiones sexuales.
Cuándo se puede renunciar a un caso
¿Y en qué casos puede renunciar un abogado de oficio a la defensa de un cliente? A pesar de lo que pudiera creerse sólo puede renunciar en aquellos supuestos en los que hay una implicación directa del abogado o de sus familiares en el caso. "Si no es una circunstancia personal muy directa no pueden renunciar, no cabe la renuncia por motivos de conciencia", aclara Oleaga. "Hay quienes dicen que no pueden defender, por ejemplo, a violadores; pero el día que les toque, o lo enmascaran de otra manera o se les da de baja del turno de oficio".
Llegados a este punto, cabe preguntarse cómo se enfrenta un letrado a la defensa de alguien que considera culpable. Iñigo Santxo, abogado del bufete Gaurko asegura que muchas veces no es necesario preguntárselo para saber si el cliente es o no culpable. "Yo trato de conocer la verdad sin preguntarlo directamente, pero si no logro una versión creíble, en ocasiones, lo he preguntado directamente. Hay que tener en cuenta que debes llegar al juicio con una versión que reúna unos mínimos de credibilidad y congruencia".
En el ámbito penal es más sencillo, porque una cosa es la culpabilidad y otra las circunstancias modificatorias de la responsabilidad, los eximentes. "No hay una pena fija, puede haber muchas motivaciones Nosotros siempre hemos defendido que todo el mundo, incluso quien haya cometido el peor crimen, tiene derecho a que le defienda, porque no conocemos sus modificaciones, habrá que descubrirlas en un juicio", afirma Oleaga. "Al fin y al cabo, no es al abogado a quien corresponde hacer justicia", añade Santxo.
El letrado compara la situación con la de un futbolista que viste una camiseta extranjera y tiene que jugar contra su equipo de origen. "Ahí tienes el ejemplo de Aduriz cuando le ha tocado jugar con el Mallorca contra el Athletic. Tú haces tu trabajo y si la administración no logra castigarle, ellos verán en qué han fallado".
Alcanzar acuerdos
De todas formas, Santxo explica que la autoría no lo es todo en un proceso y que muchos juicios se ganan por errores de forma e incluso cabe la transacción entre las partes. "En ocasiones, surge la posibilidad de alcanzar acuerdos con la acusación. En esos casos, lo fundamental suele ser, por un lado, garantizar la indemnización de la víctima y, por otro, que el castigo no sea excesivo, y que, en la medida de lo posible, pueda quedar en suspenso. Al fin y al cabo la cárcel no cumple el objetivo de la reinserción social, por eso, el que un cliente acabe en prisión siempre es un fracaso, aunque repudies su crimen".
Oleaga aclara que el ámbito penal es el mayoritario y el más vistoso, pero no el único. "Puede ocurrir que en cuestiones civiles te corresponda defender a alguien acusado de impago y realmente no haya pagado". En ese ámbito, si las pretensiones son insostenibles, el abogado puede realizar un informe y se le exime de continuar con el cliente. "De todas maneras, si el cliente insiste, se le nombra otro abogado de oficio que no puede eximirse", explica el decano.
Fuente:www.eitb.com
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