lunes, 26 de enero de 2009

CANARIAS. Convenio de Asistencia Jurídica con la Consejería de Sanidad.

La Consejería de Sanidad y el Consejo Canario de Colegios de Abogados firman un convenio de asistencia jurídica para los casos de agresiones físicas o verbales en el ámbito laboral.


• El personal del Servicio Canario de la Salud contará con asesoramiento y orientación jurídica gratuita en materia civil y penal, sobre cuestiones relacionadas o derivadas de agresión sufrida durante su actividad laboral La consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias, Mercedes Roldós, el presidente del Consejo Canario de Colegios de Abogados, Víctor Medina Fernández-Aceytuno, y la directora general de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud (SCS), Carmen Aguirre, han firmado un convenio de colaboración entre el SCS y la institución citada, que tiene como finalidad la prestación del servicio de asistencia jurídica especializada al personal del SCS en caso de agresión física y/o verbal derivada del ejercicio de sus funciones como tal, procedente de los usuarios de los servicios sanitarios.

El presente convenio expone como objeto, el asesoramiento y orientación jurídica gratuita en materia civil y penal, sobre cuestiones relacionadas o derivadas de agresión sufrida durante la actividad laboral del personal del SCS. Además, se especifica que se dará prestación del servicio de asistencia letrada en los procedimientos judiciales que se inicien.

Este acuerdo excluye el servicio de asistencia jurídica especializada en los supuestos en que la agresión proceda del propio personal del SCS y en el caso de que se inicie procedimiento penal contra personal del SCS a raíz de agresión. La vigencia de este convenio finaliza el 31 de diciembre de 2007, aunque el plazo podrá ser prorrogado expresamente por las partes por períodos anuales. En cuanto a la financiación, corresponde al SCS la financiación íntegra del presente proyecto.

Respecto a las obligaciones de las partes, el Consejo Canario de Colegios de Abogados, a través de los ilustres Colegios de Abogados que lo integran, deberá procurar la infraestructura necesaria para su correcto funcionamiento y aportar la máxima rapidez en la designación de asistencia jurídica profesional y en el sistema de cita previa, a través de cuantos medios se estime necesario.

Por su parte, el SCS se obligará a realizar las intervenciones que le competan en cuanto a la tramitación y evaluación de las solicitudes que se presenten. Asimismo, el convenio contempla que la dirección del SCS designará un responsable que supervisará la ejecución del convenio y se creará, a su vez, una comisión mixta de seguimiento que tendrá como finalidad la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.

Trámites

En el supuesto de que un trabajador manifieste ante la institución responsable la intenciónde solicitar el servicio de Asesoramiento Jurídico Especializado, la Gerencia correspondiente, una vez evaluada la solicitud, la cursará ante el Ilustre Colegio de Abogados correspondiente a su partido judicial, quien designará un letrado al trabajador agredido.

En ningún caso, el Colegio de Abogados atenderá solicitudes directas de particulares que no vengan de las Gerencias. Para los casos de extrema urgencia, se establecerá un sistema de designación de asistencia letrada inmediata, siempre a solicitud de las instituciones sanitarias competentes.

La firma de este convenio fue autorizada en Consejo de Gobierno a principios del pasado mes de octubre, a propuesta de la Consejería de Sanidad, por lo que, superado este trámite, se procede a su ratificación entre los titulares de ambas instituciones con el objetivo de hacer efectiva la prestación de este servicio al personal del ámbito asistencial que lo necesite.

En 2006, se registraron un total de 79 agresiones de usuarios a trabajadores del SCS durante la actividad laboral, de las que 13 fueron físicas, 57 verbales y 5 físicas y verbales. En septiembre de este año, el número de agresiones ascendió a 87, un 10 por ciento más, de las que 9 fueron físicas, 52 verbales y 26 físicas y verbales.

Ante esta circunstancia, detectada en el resto de servicios autonómicos de salud, la Consejería de Sanidad impulsó, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, la puesta en marcha de un Plan de Prevención de las Agresiones a los Trabajadores del Servicio Canario de la Salud, del que se desprende el citado convenio con el Consejo Canario de Colegios de Abogados, como medio de protección del personal.

Fuente: http://www.gobierno de canarias.org/noticias 8/11/2007
200.000 PERSONAS, DE LAS CUALES 65.000 SON ABOGADOS,
NO TIENEN ASISTENCIA SANITARIA GRATUITA EN ESPAÑA
ACTUALIDAD.


POR TERESA BLANCO CAMACHO

Si bien existe un principio de universalidad de la prestación sanitaria gratuita en condiciones de igualdad, sigue existiendo un sector de la población de igualdad, sigue existiendo un sector de la población, entre el que se encuentran los abogados colegiados encuadrados en la Mutualidad de la Abogacía, no cubierto por la gratuidad delSistema de Salud. Por esta razón, y con el objetivo de poner de relieve, entre otras cuestiones, el derecho a la asistencia sanitaria de esta parte de la población, analizar si existe vulneración del principio de igualdad proclamado por la Constitución Española, o examinar la oportunidad de financiación del sistema de salud mediante impuestos separando los conceptos de prestaciones de la Seguridad Social y prestación Sanitaria, el Consejo General de la Abogacía Española y la Mutualidad General de la Abogacía organizaron una jornada sobre la Asistencia Sanitaria Universal, que tuvo lugar en el salón de actos del Colegio de Abogados de Madrid el pasado 4 de diciembre.

El catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid y académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Alfredo Montoya Melgar fue uno de los ponentes. Durante su intervención indicó que “pese a tantos y tan proclamados propósitos. Hoy la Asistencia Sanitaria Públicasigue sin ser universal ni gratuita ya que algunos colectivos que no están incluidos en el campo de aplicación de la Seguridad Social, ni pueden acreditar falta de recursos, están desprotegidos”. Este es el caso de los abogados encuadrados en la Mutualidad
de la Abogacía, que para beneficiarse de las prestaciones sanitarias deben satisfacer las correspondientes primas a la Mutualidad.

AGRAVIO COMPARATIVO Y VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO
DE IGUALDAD

Durante su ponencia el catedrático repasó las diversas declaraciones legislativas que recogen que “la salud constituye un derecho de carácter universal”, del que se desprende, en opinión de Montoya Melgar, “la gratuidad de este derecho aunque no se recoja expresamente en la normativa internacional o española”. Para Montoya Melgar, “reconocer la universalidad de un derecho y luego no establecer los mecanismos necesarios para su gratuidad sería un flatus vocis”. Señaló asimismo que del modelo constitucional español deriva “una idea de asistencia sanitaria pública, universal y gratuita, configurada como un principio rector de la vida política, económica
y social, aunque no como un derecho fundamental”. De este modo, explicó Melgar “el sistema de la Seguridad Social venía prestando asistencia sanitaria a favor de colectivos determinados y ello implicaba una reducción del ámbito de protección de la asistencia sanitaria y, con el modelo universal de la Constitución, se pretende la protección de todos los colectivos”. Para ello, “es necesario financiar la sanidad a través de los impuestos y no a través de prestaciones contributivas de la Seguridad Social”.

El profesor denunció que “llevamos un cuarto de siglo de situación transitoria a lo largo del cual la Seguridad Social sigue siendo el básico prestador de la asistencia sanitaria”. Una situación que, si bien en un principio se debió a “motivos económico-financieros ahora continúa por pura inercia” y que supone “un agravio comparativo y vulnera el principio de igualdad proclamado en el artículo 14 de nuestra Constitución, ligado inevitablemente a los principios de universalidad y gratuidad”. Para el profesor lo ideal sería “una solución global y definitiva con una universalidad
práctica y que afecte a todo el mundo que pasa por acabar con el sistema de prestaciones de la Seguridad Social y una financiación de la Sanidad a través de los impuestos”.

UNO DE LOS MEJORES SISTEMAS DE SALUD DEL MUNDO

También intervino como ponente Francisco Sevilla Pérez, consejero de Sanidady Consumo en la representación de España en la Unión Europea, quien presentóla situación actual de la cobertura de la prestación sanitaria en lo relativo a la universalización.A su juicio, el problema de la actual situación requiere “una decisión política clara que no se ha adoptado hasta ahora porque se han complicado las relaciones entre Seguridad Social, SistemaNacional de Salud y Comunidades Autónomas que no han permitido el abordaje global”. Una decisión, indicó, que llevaría a la universalización de la sanidad “bien como derecho de la ciudadanía o como prestación no contributiva dentro de la Seguridad Social”. Afirmó que “los ciudadanos sin cobertura pública en la actualidad son una minoría” y que su situación “atenta contra varios principios constitucionales”.

Por lo que se refiere a la cobertura de la prestación sanitaria Sevilla Pérez señalóque nuestro Sistema Nacional de Salud es “uno de los mejores del mundo, conlleva un gasto sanitario relativamente bajo, crea empleo, y, según las encuestas, es un sistema con el que los ciudadanos están contentos”.

LA INCLUSIÓN DE ESTOS COLECTIVOS
NO SUPONDRÍA UN GRAN
INCREMENTO ECONÓMICO

Los dos ponentes coincidieron asimismo en que la inclusión en la asistencia sanitariagratuita de este colectivo de 200.000 personas –de las cuales 65.000 son abogados no supondría un incremento exclusivo del gasto, ya que esta cifra es muy reducida en comparación con el resto de los españoles que sí se ven favorecidos por esta gratuidad. En este sentido, Sevilla indicó que el Sistema Sanitario actual tiene una financiación autonómica y que “el análisis del impacto de la inclusión de este 1 por ciento en el global de los ciudadanos sería un impacto mínimo para las Comunidades Autónomas”.

Fuente: Revista Abogados. Diciembre 2008