Trescientos abogados burgaleses están en el turno de oficio • Cobran una quinta parte que un proceso privado
13/04/2009 I. E. / Burgos
El 80% de los abogados de la provincia, cerca de 300, están apuntados al turno de oficio. Y no lo hacen por razones económicas precisamente. «En los últimos seis años, el Gobierno no ha subido sus emolumentos ni siquiera el IPC», afirma Belén Marticorena, miembro de la Agrupación de Jóvenes Abogados de Burgos.
Por un procedimiento que en la vía privada un abogado puede cobrar 1.200 euros, en el turno de oficio ganan 250 euros, que ni siquiera saben cuándo van a cobrar. «Antes del año no solemos ver un euro», se queja Marticorena.
¿Y por qué ejercen la justicia gratuita? Por razones económicas, no, asegura Marticorena. Para ella es una forma de estar en contacto con la realidad social, algo que no ocurriría si solo llevara los procesos que llegan a su despacho. «A mí, personalmente, me gusta llevar estos casos, aunque suponga llevarme el trabajo a casa», señala.
Hace cuatro años esta asociación preparó un documento reivindicativo que presentó ante el Ministerio de Justicia para mejorar el funcionamiento del turno de oficio y agilizar la tramitación de la justicia gratuita. Las reclamaciones eran: una retribución digna y a tiempo, un seguro de responsabilidad civil y de accidente, y la mejora de la imagen del abogado del turno de oficio, que está totalmente denostada.
Solo han mejorado en un aspecto, el de la tramitación de los asuntos. Antes eran los propios abogados los encargados de realizar todas las labores administrativas, totalmente alejadas de lo que debe ser realmente el papel del abogado del turno de oficio. En la actualidad lo hace el Colegio de Abogados, que cuenta con un enlace en su web dedicado exclusivamente a la justicia gratuita.
En los demás aspectos, nada ha cambiado. El sueldo sigue siendo el mismo y los desplazamientos siguen corriendo de su cuenta, a pesar de la extensión que tiene la provincia de Burgos.
La situación en Burgos del turno de violencia doméstica es más que delicado. La nueva Ley de Violencia de Género no es del agrado de muchos abogados de oficio, «porque coloca en una situación de indefensión al hombre», según la propia Marticorena. «La ley trata del mismo modo a un hombre que ha tenido una discusión familiar fuerte con su mujer que a un maltratador», argumenta. Y esto crea situaciones «bastante dramáticas en los procesos».
En la agrupación están expectantes ante la negociación para el traspaso de las competencias de Justicia, toda vez que en la mayor parte de las comunidades autónomas que ya las tienen la situación del turno de oficio es mejor. «Castilla y León es de las regiones con menores baremos para el turno de oficio», se queja.
¿Qué servicios concede el turno de oficio?
Antes del proceso. Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso, cuando tenga por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión. El Colegio de Abogados dispone de un servicio de asesoramiento gratuito a favor de los peticionarios de asistencia jurídica gratuita cuya finalidad es la de orientar y encauzar sus pretensiones.
ayuda. Asistencia del abogado al detenido o preso
juicio. Defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando su intervención sea preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal.
publicidad. Inserción gratuita en los periódicos oficiales de los anuncios y edictos que deban publicarse en periódicos oficiales.
sin pago. Exención de hacer los depósitos que sean necesarios para la interposición de cualesquiera recursos.
peritos. Asistencia pericial gratuita en el proceso a cargo del personal técnico adscrito a los órganos jurisdiccionales o, en su defecto a cargo de funcionarios, organismos o servicios técnicos dependientes de las Administraciones Públicas. Sólo excepcionalmente podrá recurrirse a peritos privados.
material. Obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales.
Rebaja. Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por el otorgamiento de escrituras públicas y por la obtención de copias y testimonios notariales, o de notas, certificaciones, anotaciones, asientos o inscripciones de cualesquiera Registros públicos, cuando tengan relación directa con el proceso y sean requeridos por el órgano judicial en el curso del mismo o sirvan para la fundamentación de la pretensión del beneficiario de la justicia gratuita. Aunque estos derechos no se percibirán cuando el interesado acredite ingresos por debajo del salario mínimo interprofesional.
Fuente: www.diariodeburgos.es