Fuente: www.laverdad.es
martes, 24 de febrero de 2009
ANDALUCIA. Las peticiones del Turno de Oficio se disparan en Marbella.
MADRID. El S.O.J. a mayores de 65 años no se privatiza
Las protestas de los abogados del Turno de Oficio han logrado que el Servicio de Orientación Jurídica para Mayores permanezca en manos del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) después de que la Consejería de Familia y Asuntos Sociales haya suspendido la adjudicación por concurso público, informó hoy el Colegio en un comunicado.
Gracias a un recurso presentado por el Colegio, este servicio volverá a regirse por el Convenio de Colaboración que existía con los abogados de Madrid. Se trata de una de las demandas del colectivo a las que se comprometió el consejero Francisco Granados en la reunión que mantuvo la pasada semana con el decano Antonio Hernández-Gil para calmar la tensión con el Turno de Oficio.
El colectivo emprendió hace unas semanas un calendario de movilizaciones para defender el modelo actual que sustenta la asistencia jurídica gratuita y reclamar el pago de la deuda de 24 millones de euros contraída por la Comunidad por no sufragar los honorarios de 2008. Además del aspecto económico, las protestas se producían a sazón de las sospechas sobre el supuesto interés del Ejecutivo regional en privatizar el servicio.
El colectivo esgrimía que el primer paso de la privatización era la convocatoria de concurso público para adjudicar el Servicio de Orientación Jurídica para Mayores. El beneficiario sería un prestigioso despacho de abogados, los mismos a quienes ahora la Comunidad ha dado la facultad de prestar cursos a los inmigrantes para asesorarles sobre las leyes españolas.
Por tanto, este servicio continuará ejerciéndose por el ICAM, según se recoge en la orden 195/09, de fecha de 18 de febrero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Esta orden acepta el recurso interpuesto por el Colegio contra la prestación por concurso de dicho servicio.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En el recurso se solicitaba la suspensión de la resolución del Secretario General Técnico de la Consejería de 18 de diciembre de 2008, que publicaba la convocatoria, por procedimiento abierto, para la adjudicación del contrato de Servicios Orientación Jurídica para Personas Mayores.
Como reconoce la orden publicada, el recurso de reposición interpuesto por el ICAM no atañe ya al procedimiento de contratación seguido por la Consejería de Familia y AA.SS., sino "al propio instrumento legal elegido, el contrato de servicios".
La disposición de esta orden confirma que la prestación de este servicio de Orientación Jurídica para Personas Mayores se mantendrá como hasta el momento y se regirá por el Convenio de Colaboración del Colegio de Abogados de Madrid.
Fuente: www.europapress.es
ALICANTE. El Consell reduce los fondos .
Fuente: www.laverdad.es
OPINION. La Justicia de todos.
Fuente: www.abc.es
lunes, 23 de febrero de 2009
Madrid. Caos ante una supuesta paralización del Turno de Oficio.
Si el Turno de Oficio para, 50 detenidos al día quedarían libres
Las asociaciones están recogiendo firmas para renunciar a las guardias.
Francisco Granados, consejero de Presidencia, Justicia e Interior, reconoce las reivindicaciones... |
D. Carrasco
Huelga de jueces y magistrados, de funcionarios de Justicia de la Comunidad de Madrid y encierro de los abogados del Turno de Oficio en el colegio madrileño y de Alcalá de Henares, que amenazan con renunciar a las guardias si no se arregla pronto su precaria situación de medios y de pagos. La situación de la Justicia madrileña no puede ser más catastrófica. La consecuencia, cientos de procedimientos parados, suspensiones de juicios, retrasos para pagar indemnizaciones, paralización de inscripciones en el Registro Civil...
Los abogados de la justicia gratuita llevan años reivindicando las mismas cosas: la actualización de baremos y que se les pague sin retrasos. La respuesta del Colegio de Abogados y de la Consejería de Madrid siempre ha sido el silencio. Ahora, el Turno de Oficio quiere ir en serio y las asociaciones han marcado una hoja de ruta de movilizaciones.
La más preocupante es la renuncia voluntaria a realizar las guardias que tienen asignadas. “Este hecho, muy grave, puede provocar que decenas de detenidos al día puedan ser puestos en libertad por falta de asistencia letrada”, comenta un magistrado de instrucción. Además, “no se podrían celebrar juicios rápidos, llevar a cabo declaraciones policiales o judiciales, asistencia a extranjeros, pues no se podrían incoar expedientes de expulsión a inmigrantes sin papeles, etcétera”, subraya un abogado. Diariamente se hacen 750 designaciones de oficio para actuaciones en los juzgados de Plaza de Castilla, en la jurisdicción social y contenciosa, en los pueblos de la Comunidad y la Audiencia Nacional.
De momento, “las asociaciones están recogiendo firmas individuales para renunciar a las guardias. Llevamos casi 300”, asegura un miembro de Altodo. “La campaña la realizamos a través del e-mail y con formularios que tenemos en la web”.
Fuentes cercanas al Colegio de Madrid han señalado que “el decano está realizando un gran esfuerzo. Está esperando que el consejero Granados plasme por escrito las promesas verbales que hizo a los abogados del Turno de Oficio”. Es decir, “la actualización de los baremos, librar una partida de presupuestos para pagar las deudas de 2009 y su compromiso de no privatizar esta función”. En cualquier caso, el Colegio de Abogados de Madrid velará y garantizará por que no se lesionen el derecho fundamental a la asistencia letrada del detenido, según reza la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Desde la judicatura madrileña se alerta del peligro que supondría que esta medida se llevara a efecto por los abogados de oficio.
Fuente:www.gaceta.es
viernes, 20 de febrero de 2009
GIJÓN. Los Abogados de Oficio proponen una huelga de celo
20.02.09 -O. SUÁREZ| GIJÓN
Fuente: www.elcomerciodigital.com
JURISPRUDENCIA. El Tribunal Supremo reitera la doctrina de la defensa como elemento estructural sin el cual no hay proceso con todas las garantias.
El Supremo ordena a la Audiencia repetir un juicio por homicidio al carecer el condenado de una defensa efectiva.
MADRID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Madrid repetir un juicio que se celebró el pasado 16 de julio contra un marroquí acusado de homicidio, robo con violencia y lesiones al entender que se vulneró el derecho de defensa del acusado debido a que su abogado, del Turno de Oficio, no pudo preparar la vista oral por su imposibilidad de trasladarse al centro penitenciario donde su cliente permanecía en prisión preventiva.
La Audiencia madrileña condenó a Mohamed Saoudi a 22 años y medio de prisión por asesinar en 2007 a un hombre para robarle y herir a otros dos por el mismo motivo. Se le consideró autor responsable de un delito de homicidio, dos de robo con violencia y uso de arma.
Ahora, el Supremo deja sin efecto la resolución y el proceso que dio lugar a que se dictase el fallo. Esgrime que "la defensa es un elemento estructural sin el cual no existe un proceso con todas las garantías". "Nadie puede ser condenado sin tener una defensa efectiva", concluye.
El abogado defensor, José Luis Castro Guillén, recurrió en casación la sentencia al entender que el tribunal vulneró el derecho de defensa de su patrocinado por "no haber tenido la defensa técnica posibilidad de entrevistarse con el acusado para preparar suficientemente el juicio oral con anterioridad del mismo". El acusado se encontraba preso en una cárcel fuera de la Comunidad de Madrid y la Audiencia desestimó su solicitud para que fuera trasladado a la jurisdicción de la Audiencia para poder mantener un encuentro.
En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal estima su impugnación en base al artículo 14.3.b. del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, que establece que "toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías: (...) a disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y comunicarse con un defensor de su elección".
TRASLADO A MADRID
Para preparar la vista oral, el abogado solicitó a la Audiencia que dispusiera lo necesario para poder entrevistarse con su defendido, dado que en "su posición de abogado de oficio no disponía de medios para su traslado" y que no estaba obligado a hacerlo "a su costa". La Sala rechazó la solicitud y alegó que "los traslados entre centros penitenciarios son competencia de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias".
El Supremo recrimina ahora a la Audiencia que esa decisión "no se ajusta a derecho", puesto que "es deber procesal del tribunal garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos procesales previstos en el artículo 24 de la Constitución".
Reprocha que "el tribunal a quo" no tomara "las medidas necesarias para garantizar que el acusado haya podido ejercer su derecho de defensa. "En suma, el recurrente no tuvo defensa en el proceso en el que fue condenado", apostilla.
Fuente: www.europapress.es